Black & Decker VN2000 Manuel d'utilisateur Page 34

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2010 Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”
DIRECCION GENERAL RECURSOS FISICOS EN SALUD
2.44MULTAS POR INCUMPLIMIENTO EN TERMINO : Para demora en el
cumplimiento de los plazos parciales o totales, se aplicarán multas diarias según lo
siguiente:
a) Para demoras de hasta 1/5 del plazo:
M= 0,15 x C
P
b) Para demoras siguientes hasta 2/5 del plazo:
M= 0,35 x C
P
Siendo:
M: Multa diaria
C: Monto del contrato más ajustes, a la fecha de aplicación de la penalidad
P: Plazo original más prórrogas aprobadas
Cuando el importe de las multas alcance al diez por ciento (10%) del contrato,
el GCABA. podrá optar por su rescisión por causas atribuibles al Contratista o
bien decidir la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la
terminación de la obra pueda aplicárseles nuevas penalidades en virtud de la
demora. Este límite en la sanción por retardos no libera al Contratista de su
responsabilidad por los daños y perjuicios emergentes de la demora
correspondiente al lapso sin multa. En caso de decidirse la continuación del
contrato, se fijará un plazo de terminación con plan de trabajo actualizado.
2.45CULMINACION DEL CONTRATO: Al término del contrato, la contratista deberá
entregar las instalaciones en perfectas condiciones de conservación, sin perjuicio
de la normal prestación de los servicios hasta el último día del plazo contractual,
incluyendo la totalidad de las instalaciones, equipos, edificios, etc. que hubiesen
estado bajo la responsabilidad de la contratista y en cumplimiento de lo
contractualmente acordado.
El Organismo usuario procederá a verificar el estado en que se entreguen las
instalaciones.
2.46UNICA FORMA DE PAGO: En virtud de los términos de la Ordenanza 52.236-
Decreto 1.616/97 (BOCBA 329) y Decreto 1.693/97(BOCBA 337),
“CUENTA UNICA DEL TESORO”, los oferentes deberán proceder a la apertura de
una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos. A tal efecto
se adjunta al presente Pliego el Formulario 2 “Autorización de acreditación de
pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”.
2.47MONEDA DE PAGO : El pago se realizará en Pesos ($) de curso legal en la
República Argentina.
2.48REDETERMINACION DE PRECIOS : Es de aplicación en la presente contratación
la metodología de Redeterminación de Precios aprobada por la Ley 2809, su
decreto Reglamentario 1312/08, la Resolución 4271/MSGC-MHGC/08 y
normas concordantes. Se deberá adjuntar a la oferta el presupuesto desagregado
por ítem y los análisis de precio de cada uno. Será de aplicación la siguiente
estructura de ponderación:
N° 3583 - 13/1/2011
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 34
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