Black & Decker VN2000 Manuel d'utilisateur Page 335

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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008.”
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Generar información confiable y oportuna para la toma de decisiones.
Interrelacionar los sistemas de administración financiera con los de control interno y
externo, a fin de facilitar su eficacia.
Realizar la gestión de los recursos públicos en un marco de absoluta transparencia.
1.2. Mandato Constitucional: Competencia y Atribuciones. Misiones y Funciones
Las competencias y atribuciones de la Sindicatura General de la Ciudad surgen del texto
constitucional, que establece que “La Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera. Una ley establece su organización y funcionamiento. Su titular es el Síndico o Sindica
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires designado y removido por el Poder Ejecutivo,
con jerarquía equivalente a la de ministro. Tiene a su cargo el control interno, presupuestario,
contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión, así como el dictamen sobre los
estados contables y financieros de la administración pública en todas las jurisdicciones que
componen la administración central y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de
organización, así como el dictamen sobre la cuenta de inversión. Es el órgano rector de las
normas de control interno y supervisor de las de procedimiento en materia de su competencia, y
ejerce la fiscalización del cumplimiento y aplicación de las mismas. Tiene acceso a la información
relacionada con los actos sujetos a su examen, en forma previa al dictado de los mismos, en los
casos en que lo considere oportuno y conveniente”.
La Ley 70 establece la organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, a su turno,
rige los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
de Buenos Aires. Se define que “El Sistema de Control Interno comprende el plan de organización
y todos los métodos y procedimientos que en forma coordinada adopta el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires en todas las jurisdicciones que componen la administración central y
descentralizada, cualquiera fuera su modalidad”.
El Sistema de Control Interno está integrado por las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción y de las entidades que dependen del Poder Ejecutivo, siendo la Sindicatura General el
órgano normativo, de supervisión y coordinación técnica de las mismas. La Ley pone en cabeza
de los titulares de cada jurisdicción la implantación y mantenimiento de un adecuado sistema de
control, previo y posterior. Por ello, es compromiso y responsabilidad de los Ministros que
dependen del Poder Ejecutivo, el mantenimiento del adecuado control interno.
El marco legal citado otorga, entre otras, las siguientes funciones a la Sindicatura:
Dictar y aplicar las Normas de Control Interno a las que se sujetan las jurisdicciones y
entidades; son coordinadas con la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires.
Dictar las Normas de Auditoría Interna y supervisar su aplicación, por parte de las
jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su órbita de control.
Emitir informes sobre la gestión y el Sistema de Control Interno vigente en cada
jurisdicción o entidad, formulando recomendaciones para su eficientización y
fortalecimiento, para la corrección de errores y para la adopción de medidas necesarias
conducentes a tales fines.
Dictaminar sobre la Cuenta de Inversión
N° 3583 - 13/1/2011
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 335
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