Black & Decker VN2000 Manuel d'utilisateur Page 31

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2010 Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”
DIRECCION GENERAL RECURSOS FISICOS EN SALUD
accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda o
tarjeta identificatoria de la empresa de modo que lo diferencie del personal del
G.C.B.A. y público en general.
El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la
obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del
trabajo existente.-
El Contratista será el único responsable por el pago de los salarios y cargas
sociales de los obreros que hubieren trabajado en la obra sin excepción
alguna, respondiendo además, por los daños y perjuicios en los casos de
posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que produjere tal
incumplimiento, no teniendo el GCABA responsabilidad alguna por los hechos,
actos u omisiones del Contratista.
El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal
que de él depende, como así también por el incumplimiento de las obligaciones
que establecen las Leyes 24.557, 22.250, 19.587, sus
reglamentaciones y demás normas relativas a la higiene y seguridad en el
trabajo. El GCABA queda liberado de toda responsabilidad referida a las
situaciones descriptas anteriormente.
2.38DESPERFECTOS Y AVERIAS: Los desperfectos y/o averías que se produzcan en
los equipos, muebles, edificios, instalaciones, como cualquier otro y que fuesen
provocados por la ejecución de los trabajos, negligencia o incapacidad del
personal de la contratista, deberán ser reparadas a su exclusivo cargo y costo
dentro del plazo que el Organismo Usuario determine. Igual procedimiento se
adoptará cuando se produzcan roturas, deterioros o desaparición de elementos
personales, equipos, muebles, etc. comprobándose fehacientemente que el hecho
que lo motivara se produjo durante y por motivo de la prestación del presente
contrato. En caso contrario, el Organismo Usuario, previa intimación y sin mas
tramite dispondrá su realización o reposición en forma directa con cargo al
contratista y por el monto que resulte, el cual se hará efectivo mediante la
respectiva deducción de las facturas que se hallen en tramite de liquidación o bien
afectando en ultima instancia la garantía de adjudicación y con las penalidades
que el caso requiera.
2.39CERTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS, PAGOS Y FONDO DE REPARO: La
Inspección podrá verificar en cualquier momento el estado de los trabajos y
solicitar se realicen aquellos que
considere necesarios para asegurar el buen
funcionamiento de las instalaciones.
Mensualmente se harán mediciones de la obra ejecutada y se presentarán los
Certificados respectivos, en cuadruplicado, los que serán conformados por la
repartición contratante dentro de los diez (10) días hábiles, siempre que no den
lugar a observaciones.
En este ultimo caso, la cuenta del plazo comenzará desde el momento en que
el contratista presente la documentación con las correcciones.
El pago de los Certificados se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a
partir de la fecha de conformación de los mismos por la repartición técnica.
Para tramitar los certificados, será requisito indispensable el presentar la
fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente
al último vencimiento del impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Si el pago se demora de esos treinta (30) días que se establecen, por razones
no imputables al contratista éste tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa
N° 3583 - 13/1/2011
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
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