Black & Decker VN2000 Manuel d'utilisateur Page 284

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2010 Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”
DIRECCION GENERAL RECURSOS FISICOS EN SALUD
2.13INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO UNICO Y PERMANENTE
DE PROVEEDORES : El oferente deberá presentar constancia de inscripción en el
Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIUPP), o constancia de inicio de trámite de
inscripción. Es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre
inscripto en el RIUPP. La documentación e información contenida en el Registro
Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de
la oferta.
Si el oferente se encontrare preinscripto en el RIUPP, en su caso, deberá
adjuntar con la oferta copia, certificada por Escribano Público, de la
documentación societaria que acredite la razón social y la representación
invocada por el presentante.
2.14CERTIFICADO REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES: El oferente
deberá presentar con su oferta, conforme a lo establecido en el artículo del
Decreto Nº 2186/GCBA/04 el certificado expedido por el Registro Nacional de
Constructores de Obras Publicas con capacidad, suficiente, a tenor de lo
dispuesto por el Decreto 1.724/PEN/93 (Boletín Oficial de la Nación del
23/8/93) y modificatorios. Dicho saldo deberá ser igual o superior al resultante de
la aplicación de la rmula indicada por la Subsecretaría de Obras Públicas de la
Nación en los Certificados de capacidad de contratación, siendo para obras de
menos de un año (PO/12)x(12 - PE)+PO, donde PO es el Presupuesto Oficial y PE
es el Plazo de ejecución en meses.
Para la presente obra, el saldo de capacidad será mayor o igual a pesos
setecientos tres mil novecientos sesenta ($ 703.960.-).
2.15VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN: De comprobarse la falta de veracidad de la
información requerida por este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea
con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el
oferente y/o Contratista una penalidad equivalente al importe constituido en
concepto de garantía de oferta o de adjudicación, según corresponda y sin
perjuicio de proceder al descarte de la oferta o rescisión del contrato en los
términos de la Ley Nacional Nº 13.064, en su caso.
2.16CLAUSULA ANTICORRUPCION : Será causal determinante del rechazo sin más
trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación o de la
rescisión de pleno derecho del contrato dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva
a fin de que:
a) funcionarios o empleados públicos con competencia referida a la
licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) o para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro
funcionario o empleado público con la competencia descripta a fin de que
estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
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N° 3583 - 13/1/2011
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 284
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